URGENTE DENUNCIA: “Pertinaz agravio a la Fe católica” (por el Coronel de Infantería Efrén Díaz)
“SENCILLAMENTE INTOLERABLE”. Así califica el Coronel de Infantería (R) Efrén Díaz Casal los hechos que lleva tanto tiempo denunciando, y que Adoración y Liberación recoge para hacerse eco de los mismos y llamar a todos los católicos de bien a contribuir en la justa denuncia que se está llevando adelante; y en el apoyo a la diferentes acciones que iremos anunciando.
Efrén Díaz Casal Coronel de Infantería (R)
En 2016, el Ayuntamiento de Madrid, capital de España, prohibió la procesión del Corpus Christi a mi parroquia castrense, ocurriendo otro tanto en otros consistorios de la geografía nacional a lo que inicié una cadena de gestiones para evitar estos vetos en lo sucesivo.
La ignorancia sobre el asunto y la falta de respeto que me dedicaron los funcionarios de la Unidad de Seguridad Ciudadana de la Delegación del Gobierno en Madrid y los del Servicio de Estafeta del Ministerio del Interior, me obligaron a dirigirme a José Antonio Nieto Ballesteros, entonces Secretario de Estado de Seguridad, solicitando su dictamen sobre normativa reguladora, organismo de tramitación de actos religiosos en la vía pública, difusión de su resolución a las entidades afectadas por la misma y depuración de responsabilidades.
En su resolución de 13 de julio de 2017, el Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad declaró que la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, es la disposición que establece el procedimiento para la tramitación de actos religiosos en la vía pública y el organismo de tramitación, la Delegación del Gobierno, no el Ayuntamiento en contra de la ilegal costumbre al uso.
A partir de la anterior resolución, José Antonio Nieto Ballesteros entonces Secretario de Estado de Seguridad, Juan Ignacio Zoido Alvarez, entonces Ministro del Interior, e incomprensiblemente las autoridades eclesiásticas, se han negado fehaciente y reiteradamente a cumplir la citada Ley Orgánica 9/1983, a pesar de mis requerimientos al respecto.
La transgresión de la ley que dicha contradicción ocasiona es la consecuencia directa de la errónea gestión del presente caso por el Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad que, en actitud incompatible con lícitas y sensatas adhesiones, ha ignorado reiteradamente mis solicitudes durante estos 2 últimos años de comunicar su resolución a las partes afectadas ante la tolerancia de las mencionada autoridades. Esta situación no admite las justificaciones aducidas por funcionarios lacayos del poder que no dudan recurrir al fraude de ley sin importarles que, según Montesquieu, “no existe tiranía peor que la ejercida a la sombra de las leyes y con apariencias de justicia”.
El colmo de los despropósitos del aludido Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad lo representa el hecho de que, a pesar de que en su resolución manifieste que “ha remitido escrito a la Delegación del Gobierno en Madrid para que se implementen las actuaciones necesarias para adecuarse al cumplimiento de la Ley Orgánica 9/1983”, en el ámbito jurisdiccional de dicha Delegación y en el resto del territorio nacional se venga vulnerando dicha ley ante la pasividad de las autoridades ministeriales y el contumaz proceder transgresor de la Iglesia. Después de 2 años no es de recibo que se continúe conculcando la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, de obligado cumplimiento por todas las personas y entidades en la totalidad del territorio español en un asunto de capital importancia como es el respeto que el Ministerio del Interior y la Iglesia Española deben profesar a una Ley Orgánica reguladora de un derecho fundamental protegido por nuestra Constitución.
Esta reprobable situación, impropia de un Estado de derecho y presidida por un contumaz ejercicio de demencial soberbia imposible de superar por sustituir la ley por la voluntad personal, ignora las palabras de S. M. el Rey el pasado 20 febrero en la clausura del Congreso Mundial del Derecho: “sin el respeto a las leyes no existe ni convivencia ni democracia, sino inseguridad, arbitrariedad y, en definitiva, quiebra de los principios morales y cívicos de la sociedad”.
Mi obligada denuncia de fecha 08/05/2019 a la Fiscal General del Estado, que lo trasladó a la Fiscal Provincial de Madrid, María Pilar Rodríguez Fernández, solicitando la promoción de la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, según las funciones asignadas por el Artículo primero de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, ha recibido la evasiva respuesta de que “procede acordar el correspondiente archivo por no aportar datos que acrediten vulneración del derecho fundamental de reunión y asociación en cuanto a actos de culto religioso”, lo que evidencia que, o no se ha leído mi escrito, no lo ha asimilado, o desconoce la existencia de los dos derechos fundamentales mencionados, ya que en parte alguna del mismo figura “derecho de reunión y asociación” puesto que son dos derechos fundamentales distintos regulados por distintas leyes orgánicas.
Con fecha 24 de junio de 2019 he comunicado la anterior resolución a Carlos Lesmes Serrano, Presidente del Consejo General del Poder Judicial, y a la Fiscal General del Estado, María José Segarra Crespo, solicitando la adopción de las medidas pertinentes, respondiendo aquél que “no entra en sus competencias”, siendo obsequiado con el silencio de ésta.
La imagen pública y el prestigio de Nuestro Estado de Derecho, son incompatibles con estos hechos que denigran a la Administración, a la Justicia, y a la Iglesia Española y requieren la urgente adopción de las correspondientes medidas correctoras para superar cuanto antes esta situación que excede todos los límites y la ineludible depuración de responsabilidades que, por higiene democrática, impida la continuidad de sus autores al frente de las respectivas instituciones.
La Administración, desde su doble obligación constitucional de respetar y hacer respetar la ley, debe poner fin a tanto desvarío imponiendo la cordura e impidiendo mi recurso al juez de guardia o al psiquiatra de urgencias, confieso mis dudas al respecto.
A través de estas líneas, y de acuerdo con su función de informar y formar a la opinión pública, solicito el concurso de los medios de comunicación para que levanten su voz contra las precedentes arbitrariedades que nos convierten en un estado basura, convocando a los habitantes del Planeta Tierra defensores de la ley y el orden, y a los católicos en particular, a mostrar su oposición a este estado de desecho defendiendo firmemente el Estado de Derecho.
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