Respuesta de Cionci a Monseñor Schneider sobre la ilegitimidad de Bergoglio

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Por Andrea Cionci

Para Adoración y Liberación

Traducción autorizada

Maria Isabel Sánchez Valero

 

 

Reverendísima Excelencia,

Perdóneme si le dirijo una carta directamente en respuesta a sus consideraciones sobre el “neosedevacantismo”, relatadas por Sabino Paciolla quien, muy acertadamente, me ofrece este espacio. Creo ser uno de los principales defensores de esta posición y, en el mundo, creo ser la persona que más ha estudiado la cuestión de la particular renuncia del Papa Benedicto XVI : setecientos artículos en periódicos nacionales en tres años, doscientos cinquenta “ podcasts” , uno de los libros más vendidos  más de dieciocho mil  ejemplares, traducido a cinco idiomas, presentado  cincueta y siete   veces en Italia por iniciativa de los fieles.

Ya intenté, hace algún tiempo, poner a vuestra disposición el fruto de mi trabajo, pero hasta ahora no he encontrado ninguna disponibilidad particular por vuestra parte en este sentido.

Usted afirma: “No existe autoridad que pueda declarar o considerar inválido a un Papa elegido y generalmente aceptado como tal. La práctica constante de la Iglesia deja claro que incluso en el caso de una elección inválida, esto se perfecciona con la aceptación general de los recién elegidos por la gran mayoría de los Cardenales y Obispos. Incluso en el caso de un Papa herético, no pierde automáticamente su cargo, ni hay ningún organismo en la Iglesia que pueda declararlo depuesto por herejía. Tales acciones se aproximarían a una versión de herejía conciliarista o episcopal. La herejía del conciliarismo o episcopalismo afirma fundamentalmente que existe un organismo dentro de la Iglesia (Concilio Ecuménico, Sínodo, Colegio Cardenalicio, Colegio de Obispos) que puede emitir una sentencia jurídicamente vinculante sobre el Papa.”

Lo que usted escribe es completamente correcto: no existe jurisprudencia para derrocar a un Papa hereje y una elección inválida puede remediarse mediante la llamada “aceptación pacífica universal”.

Sin embargo, no entiendo por qué evita mencionar el punto de apoyo, el elemento esencial del cargo de quienes hoy constatan una sede vacante que no ha sido declarada desde hace nueve meses. (Unicum en la historia de la Iglesia).

No sostenemos en absoluto que Bergoglio haya caído en la categoría de hereje, ni hemos cuestionado nunca las supuestas y poco demostrables irregularidades del cónclave de 2013. Al contrario: siempre las hemos señalado como pistas falsas, completamente contraproducentes.

Lo que hemos tratado de hacer entender al mundo, incluso alquilando aviones con pancartas, es un escenario que ni siquiera mencionas casualmente.

Nos referimos a la “Sede totalmente impedida” (cann. 335) del Papa Benedicto XVI que hizo que la elección de Bergoglio no fuera inválida, sino completamente ilegítima. Nos enseña que existe una diferencia abismal entre la nulidad y la ilegitimidad de un acto jurídico.

No existe una aceptación pacífica universal que pueda curar un acto inexistente, imposible e ilegítimo como un cónclave convocado con un Papa vivo que no ha abdicado regularmente.

Mientras Pío VI Braschi era rehén de Napoleón, ¿habría sido posible convocar el cónclave para elegir a Pío VII Chiaramonti? No. De hecho, hubo que esperar su muerte (29 de agosto de 1799), en prisión, antes de convocar el cónclave.

De nuevo: Pío XII había dado instrucciones para su abdicación inmediata si hubiera sido secuestrado por los nazis, de modo que los alemanes sólo tuvieran en sus manos al cardenal Pacelli. Si su abdicación no hubiera sido necesaria, Pío XII fácilmente podría haber dispuesto la elección de otro Papa mientras estaba prisionero.

Como se puede ver, un Papa que se ve impedido y, en cualquier caso, no abdica, nunca, jamás, podrá convocar un cónclave. Esto se debe a que, como señala el cann. 331, el munus petrino se confiere individualmente al sucesor de Pedro. Por lo tanto, antes de un cónclave es necesario que el Papa anterior haya devuelto su cargo a Dios, ya sea por muerte, ya sea por abdicación regular que, desde 1983, sigue una enmienda deseada por el  entonces Cardenal Ratzinger (ver aquí:

(https://www.youtube.com/watch?v=gIhFbiCAwV8&t=202s ) que  prevé la renuncia específica al munus petrino.

El hecho de que Bergoglio sea hereje es, por tanto, en todo caso una consecuencia, en términos teológicos, del hecho de que nunca ha poseído el munus petrino y no es el Papa legítimo, por lo que no tiene ninguna asistencia especial del Espíritu Santo. El hecho de que hubiera irregularidades en el cónclave es, una vez más, consecuencia del hecho de que el Papa Benedicto XVI fue víctima de un golpe de Estado, obligado a apartarse y ser colocado en  sede impedida . Estas consecuencias no pueden ser cuestionadas en lo más mínimo, pero sí su causa fundamental.

¿Cómo salir de tal situación? Todo había sido previsto con décadas de antelación por el Cardenal  Ratzinger y el Papa Wojtyla. La constitución apostólica Universi Dominici Gregis (1996) ofrece una especie de “autopista canónica” a través de los artículos. 3, 76, 77.

El artículo 3 confiere expresamente a los  Cardenales el derecho de dober- poder  intervenir para proteger los derechos de la Sede Apostólica y no dejarlos declinar ni siquiera para evitar un cisma.

Entre los artículos 76 y 77 se dice expresamente que si la vacante de la sede no se ha producido conforme al cann. 332.2, la persona elegida no tiene derechos, la elección es nula sin que sea necesaria declaración alguna al respecto.

Ahora, en el cnn. 332.2, delegado para abdicar, se cita expresamente el munus petrino como objeto de la renuncia, mientras que el Papa Benedicto, citando el munus “por su esencia espiritual” en la Declaratio, declaró que renuncia al ministerium, al poder práctico. En ningún caso ministerium puede ser jamás sinónimo de munus, ya que en todo el derecho canónico significa siempre y sólo “ejercer” un oficio, “ser” Papa u Obispo.

Además, la separación entre munus y ministerium es activamente imposible por parte del Papa, como lo afirma el canonista monseñor Sciacca y el Cardenal Mueller, pero esto sucede, de facto y no de iure, sólo por sede impedida. De hecho, fue el mismo cónclave abusivo el que destronó a Benedicto XVI y lo colocó en sede impedida.

Entonces, para salir de la pesadilla antipapal, basta con convencer al Cardenal Decano, o a los Vicedecanos, de que simplemente digan la verdad: el Papa murió el 31 de diciembre de 2022. “Vere papa mortuus est”.

Todo ya ha sido descubierto e investigado suficientemente. Distinguidos latinistas se han puesto de acuerdo en la misma traducción correcta de la Declaratio, que hace que el documento no sea una abdicación, sino una profecía de destronamiento.

El Papa Benedicto no pudo hablar explícitamente, primero porque se lo impidieron y luego porque, siguiendo los pasos de aquel de quien era Vicario, se dejó traicionar, encarcelar, azotar y crucificar, esperando la resurrección obviamente canónica. El que se pensaba que era el Papa abdicante y muerto será nuevamente reconocido como el último Papa verdadero. Un plan completamente coherente desde una perspectiva estratégica, canónica, histórica, profética, teológica y escatológica.

La cuestión, en definitiva, es muy sencilla: el Santo Padre Ratzinger, obligado a apartarse del camino, amenazado de muerte, se aseguró de que cualquier sucesor elegido en vida fuera un antipapa, destinado a la anulación del cargo y de las obras.

Sin embargo, Benedicto XVI supo decir siempre con sutileza la verdad y hablar a quienes tenían “oídos para oír”.

Este segundo aspecto debe ser investigado con extrema atención y reconstruido “pieza a  pieza”, trabajo del que me he ocupado. Por este motivo, ya le he enviado, a través de la Secretaría de Estado, los tres breves documentales que a continuación reconstruyen mi investigación, para que pueda estar seguro de que esta comunicación puede llegar a usted.

Le pido encarecidamente, como ciudadano italiano, consciente de los riesgos para la seguridad de mi nación que entraña el actual antipapado, que examine con la mayor atención lo que se ha reconstruido hasta ahora y que actúe con los cardenales para actuar conforme a la U.D.G.: la sede no quedó vacante según la norma del can. 332.2, ergo, Bergoglio nunca ha sido Papa y es un usurpador que debe ser expulsado inmediatamente.

“Dies irae”: https://ayl.tv/video/estreno-ayltv-dies-irae-toda-la-verdad-sobre-la-renuncia-de-benedicto-xvi-andrea-cionci-espanol/

En estebreve documento  -17 minutos- la perfección geométrica con la  que el Papa Papa Benedicto XVI se ha dejado poner en “sede  impedida” para poder seguir siendo el verdadero Papa y así cismar al cardenal Bergoglio desde el principio.

“Intelligenti pauca”: en el segundo https://ayl.tv/video/estreno-en-ayltv-tras-dies-irae-llega-intelligenti-pauca-segundo-documental-de-andrea-cionci/ (16 minutos),se muestra cómo el Papa Benedicto, a lo largo de nueve años de impedimento, nos hizo comprender la situación canónica con una serie de mensajes inequívocos

“Redde rationem”: en el tercer documental https://ayl.tv/video/estreno-espanol-andrea-cionci-redde-rationem-como-benedicto-xvi-salvo-a-la-iglesia-de-cristo/ (9 minutos) se ilustra cómo se creó la Universi Dominici Gregis exactamente para salir de la situación actual.

Le saluda muy atentamente,

 

Andrea Cionci

 

 

ACCEDE AL VÍDEO DE VICENTE MONTESINOS SOBRE EL ASUNTO

 

 

ACCEDE AL DEBATE DE MARTÍN MADERO Y SALVA BARCELÓ SOBRE EL ASUNTO

 

 

 

 

 

 

 


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1 comentario
  1. Anónimo says

    Muito obrigado, Andrea Cionci, por nos encher de sabedoria.

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