España : Dictadura total

"Las autoridades también podrán proceder a la requisa temporal de todo tipo de bienes, a la intervención u ocupación provisional de los que sean necesarios o a la suspensión de todo tipo de actividades"

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AyL Redacción

                              

Toda persona mayor de edad estará obligada a la realización de las “prestaciones personales” que exijan las autoridades competentes, siguiendo las directrices del Consejo de Seguridad Nacional, cuando se declare en España un estado de crisis. En este supuesto, todos los ciudadanos sin excepción deberán cumplir las órdenes e instrucciones que impartan las autoridades. 

 

Así lo establece la reforma de la Ley de Seguridad Nacional que prepara el Gobierno, con un carácter absolutamente dictatorial e inconstitucional.  

 

En el supuesto de que en España se declarase un estado de crisis (“situación de interés para la Seguridad Nacional” es la denominación que le da la ley), las autoridades también podrán proceder a la requisa temporal de todo tipo de bienes, a la intervención u ocupación provisional de los que sean necesarios o a la suspensión de todo tipo de actividades.  

 

 

 

Aunque el anteproyecto no lo especifica, se supone que las prestaciones personales y la requisa de material estarán relacionados con el tipo de crisis de que se trate, ya sea de carácter sanitario, medioambiental, económico, financiero, etcétera.  

 

El deber atañe no solo a todos los ciudadanos sino también a las empresas y entidades jurídicas para que colaboren con las autoridades a la superación de la crisis, mediante una prestación de carácter personal o material. 

 

 Aunque prevé la imposición de prestaciones personales y materiales, la ley de Seguridad Nacional es ordinaria, a diferencia de la del Servicio Militar de 1991, que era orgánica; lo que puede plantear problemas jurídicos pues solo las leyes orgánicas pueden afectar a derechos fundamentales. Además, la declaración de una situación como “de interés para la Seguridad Nacional” (es decir, estado de crisis), mediante real decreto, corresponde en exclusiva al presidente del Gobierno y no al Congreso, aunque las Cortes deben ser informadas inmediatamente de las medidas adoptadas. 

 

Entre otras novedades, el anteproyecto incluye la obligación de los medios de comunicación de colaborar con las autoridades competentes en la difusión de informaciones de carácter preventivo u operativo. 

 

 

Con este fin, el Consejo de Seguridad Nacional elaborará y actualizará un catálogo de recursos humanos y materiales, de propiedad pública o privada, que puedan ser útiles en caso de crisis. El catálogo lo aprobará el Consejo de Ministros y contará con las aportaciones de comunidades autónomas y entes locales. Se aprobarán planes de preparación y disposición de los recursos incluidos en el catálogo y se harán ejercicios para comprobar su disponibilidad, aunque sin despliegue real de medios.

 

 

 

 

 

 


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